Formación de Formadores en E-Learning (FUERTEVENTURA/GRAN TARAJAL)

Inicio: martes, 9 de julio de 2024

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Fecha inicio inscripciones


25/04/2024

Fecha fin inscripciones


Nombre


Formación de Formadores en E-Learning (FUERTEVENTURA/GRAN TARAJAL)

Código


SSCE075PO

Descripción


Aplicar los recursos que ofrece la red como medio para favorecer el aprendizaje en la formación E-Learning

Plazas


20

Fecha de Inicio y Finalización


09/07/2024 a 12/08/2024

Duración


6 horas presenciales

Modalidad


Presencial

Destinatarios


DESEMPLEADOS (ALGUNA PLAZA PARA OCUPADOS)

Objetivo


.

Contenido


LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y SU ORGANIZACIÓN.
2. LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS COMO HERRAMIENTAS DE FORMACIÓN: LA FORMACIÓN E-
LEARNING.
2.1. La educación de adultos en España.
2.2. Nacimiento de la educación a distancia y la formación E-Learning.
2.3. Las posibilidades de Internet en la formación: las plataformas virtuales de formación.
3. CREACIÓN DE UN CURSO E-LEARNING: PLANIFICACIÓN FORMATIVA.
3.1. Introducción.
3.2. Determinación y desarrollo de objetivos formativos.
3.3. Selección y secuenciación de contenidos.
3.4. Estrategias metodológicas.
3.5. Diseño de actividades: Creación de grupos de trabajo en la formación On-line.
3.6. La documentación en la Educación a distancia.
4. EL PAPEL DE LA COMUNICACIÓN EN ENTORNOS VIRTUALES DE APRENDIZAJE.
4.1. Teorías de aprendizaje y su aplicación en la formación e-Learning.
4.2. Funciones del formador: el formador como organizador y dinamizador del aula virtual.
4.3. El estilo de aprendizaje y su influencia en los procesos de formación.
4.4. La comunicación y la enseñanza en línea: el feedback y la socialización a través de la red.
5. LA EVALUACIÓN EN ENTORNOS VIRTUALES DE APRENDIZAJE.
5.1. Necesidad de evaluar: concepto y utilidad. (Este epígrafe sólo se cumplimentará si existen requisitos legales para el ejercicio de la profesión)
9. Requisitos oficiales de los centros: (Este epígrafe sólo se cumplimentará si para la impartición de la formación existe algún requisito de homologación / autorización del centro por parte de otra administración competente. diciembre.
– Incluir la imagen institucional del Servicio Público de Empleo de la Administración Competente y de las entidades que él designe, con las pautas de imagen corporativa que se establezcan.
– Disponibilidad de un servicio de atención a usuarios que proporcione soporte técnico y mantenga la infraestructura tecnológica y que, de forma estructurada y centralizada, atienda y resuelva las consultas e incidencias técnicas del alumnado. El servicio, que deberá estar disponible para el alumnado desde el inicio hasta la finalización de la acción formativa, deberá mantener un horario de funcionamiento de mañana y de tarde, tendrá que ser accesible mediante teléfono y mensajería electrónica y no podrá superar un tiempo de demora en la respuesta superior a 2 días laborables.
2. Requisitos técnicos del contenido virtual de aprendizaje
Para garantizar la calidad del proceso de aprendizaje del alumnado, el contenido virtual de aprendizaje de las especialidades formativas no dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad mantendrá una estructura y funcionalidad homogénea, cumpliendo los siguientes requisitos:
– Como mínimo, ser los establecidos en el correspondiente programa formativo que conste en el fichero de especialidades formativas previsto en el artículo 20.3 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y esté asociado a la especialidad formativa para la que se solicita inscripción.
– Estar referidos tanto a los conocimientos como a las destrezas prácticas y habilidades recogidas en los objetivos de aprendizaje de los citados programas formativos, de manera que en su conjunto permitan conseguir los resultados de aprendizaje previstos.
– Organizarse a través de índices, mapas, tablas de contenido, esquemas, epígrafes o titulares de fácil discriminación y secuenciase pedagógicamente de tal manera que permiten su comprensión y retención.
– No ser meramente informativos, promoviendo su aplicación práctica a través de actividades de aprendizaje (autoevaluables o valoradas por el tutor-formador) relevantes para la práctica profesional, que sirvan para verificar el progreso del aprendizaje del alumnado, hacer un seguimiento de sus dificultades de aprendizaje y prestarle el apoyo adecuado.
– No ser exclusivamente textuales, incluyendo variados recursos (necesarios y relevantes), tanto estáticos como interactivos (imágenes, gráficos, audio, video, animaciones, enlaces, simulaciones, artículos, foro, chat, etc.). de forma periódica.
– Poder ser ampliados o complementados mediante diferentes recursos adicionales a los que el alumnado pueda acceder y consultar a voluntad.
– Dar lugar a resúmenes o síntesis y a glosarios que identifiquen y definan los términos o vocablos básicos, relevantes o claves para la comprensión de los aprendizajes.
– Evaluar su adquisición durante o a la finalización de la acción formativa a través de actividades de evaluación (ejercicios, preguntas, trabajos, problemas, casos, pruebas, etc.), que permitan medir el rendimiento o desempeño del alumnado.
5.2. Planificación de la evaluación.
5.3. Aspectos a evaluar: calidad de la formación y grado de aprendizaje.
6. HERRAMIENTAS MULTIMEDIA. CÓMO CREAR TU PROPIO CURSO E-LEARNING.
ANEXO I. GUIA DE APRENDIZAJE DE DREAMWEAVER.
ANEXO II. TUTORIAL DE INICIACIÓN A FLASH.

Organiza


ESENFUER

Precio


GRATUITO

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